¿El capital convertido tiene que ser un múltiplo entero del valor de una acción?

Sí. La adquisición de una acción no puede ser parcial, por lo que sólo se puede convertir el capital en deuda por un múltiplo entero de su valor.  


Por ejemplo, en el caso del proyecto Biovilla, si el inversor hizo un préstamo de 2.200 euros al promotor, podrá convertir 2.000 euros del capital invertido en 4 acciones de Biovilla (de 500 euros cada una). El inversor se convertirá así en accionista de la cooperativa, poseyendo 2.000 euros de su capital. Los 200 euros restantes quedarán como capital en deuda, que se reembolsará según el plan de pagos previamente estipulado en el contrato de préstamo inicialmente suscrito. 


 

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